°. A partir de la fecha indicada, el Ministerio de Correos y Telégrafos funcionará en la forma siguiente: 1° Ministro, con su Secretaría Privada. 2° Secretaría General, dependiente directamente del Ministro. 3° Los siguientes Departamentos, dependientes directamente de la Secretaría General
Explotación, que comprende: 1 - Servicios Postales, con las siguientes Secciones: Correos. Encomiendas Postales. Valores Declarados. Servicio Internacional y de Identidad. 2 - Servicios Telegráficos, con las siguientes Secciones: Telégrafos. Inalámbricos. Teléfonos.
Control, con las siguientes Secciones: Contabilidad. Pagadurías. Especies Postales. Materiales. Proveedurías. Interventorías. Estadística e Información. Archivos.
Diseño y Construcción, con las siguientes Secciones: Correos. Telégrafos. Inalámbricos, y Teléfonos.
Sostenimiento, con las siguientes Secciones : Telégrafos. Teléfonos. Estaciones Inalámbricas. Mecánica General.
Servicio de Giros, con las siguientes Secciones; Giros Postales, Nacionales y Extranjeros. Giros Telegráficos, Nacionales y Extranjeros.