º No se podrá conferir comisión de estudio en el exterior a funcionario que no tenga por lo menos dos años continuos de servicios en la respectiva entidad además de la carta de autorización presidencial, a que se refiere el artículo primero de este decreto, deberán llenarse los requisitos exigidos por los artículos ochenta y dos y siguientes del Decreto 1950 de 1973, es decir: contrato de prestación de servicios por el doble del tiempo de la duración de la comisión, y póliza de garantía por el cincuenta por ciento de lo que el funcionario puede devengar durante su permanecía en el exterior, incluyendo , la totalidad del valor de los pasajes, si a ello tuviere derecho.
Artículo 4
No Se Podrá Conferir Comisión De Estudio En El Exterior A Funcionario Que No Tenga Por Lo Menos Dos Años Continuos De Servicios En La Respectiva Entidad Además De La Carta De Autorización Presidencial, A Que Se Refiere El Artículo Primero De Este Decreto, Deberán Llenarse Los Requisitos Exigidos Por Los Artículos Ochenta Y Dos Y Siguientes Del Decreto 1950 De 1973, Es Decir: Contrato De Prestación De Servicios Por El Doble Del Tiempo De La Duración De La Comisión, Y Póliza De Garantía Por El Cincuenta Por Ciento De Lo Que El Funcionario Puede Devengar Durante Su Permanecía En El Exterior, Incluyendo , La Totalidad Del Valor De Los Pasajes, Si A Ello Tuviere Derecho
Decreto 1500 de 1976 · Por el cual se modifica parcialmente el decreto 1344 de 1975 y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.