° En Barranquilla habrá, además de los existentes, un Juzgado 3° Superior del Distrito Judicial, una Fiscalía para este Juzgado, un Juzgado 4° Civil del Circuito y un Juzgado 4° Penal del Circuito, con el siguiente personal y con las asignaciones mensuales que se expresan : Juzgado 3° Superior. Un Juez $ 336.00 Un Secretario 224.00 Un Oficial Mayor 189.00 Un Escribiente 142.50 Un Portero Citador 105.00 Fiscalía del Juzgado 3° Superior. Un Fiscal 336.00 Un Escribiente 147.00 Juzgado 4° Civil del Circuito. Un Juez 336.00 Un Secretario 224.00 Un Oficial Mayor 189.00 Un Portero Escribiente 142.50 Juzgado 4° Penal del Circuito. Un Juez $ 336.00 Un Secretario 224.00 Un Oficial Mayor 189.00 Un Portero Escribiente 142.50
Decreto 2183 de 1945 →Vigente
Artículo 3
En Barranquilla Habrá, Además De Los Existentes, Un Juzgado 3° Superior Del Distrito Judicial, Una Fiscalía Para Este Juzgado, Un Juzgado 4° Civil Del Circuito Y Un Juzgado 4° Penal Del Circuito, Con El Siguiente Personal Y Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Expresan : Juzgado 3° Superior
Decreto 2183 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 63 de 1944
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.