Micelio

Artículo 11

Ley 392 de 1997 · por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Tecnólogo en Electricidad, Electromecánica, Electrónica y afines.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional reglamentara los requisitos para la obtención de la Matrícula profesional de Tecnólogos en esta ley contemplados; en todo caso se exigirá la presentación del original del título obtenido en su respectiva especialidad, en una universidad, institución universitaria o escuela tecnología e institución tecnología, legalmente aprobada por el ICFES y/o CESU.

DEL CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE TECNOLOGOS EN ELECTRICIDAD, ELECTROMECANICA, ELECTRONICA Y AFINES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 392 de 1997