MESADA PENSIONAL DE NAVIDAD A partir de la vigencia del presente decreto, los exalumnos en goce de pensión o sus beneficiarios, tendrán derecho a que por el Tesoro Público se les pague una mesada de navidad igual a la pensión que hayan devengado en treinta (30) de noviembre del respectivo año, la que debe pagarse en la primera quincena del mes de diciembre.
Decreto 2063 de 1984 →Vigente
Artículo 149
Mesada Pensional De Navidad A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Los Exalumnos En Goce De Pensión O Sus Beneficiarios, Tendrán Derecho A Que Por El Tesoro Público Se Les Pague Una Mesada De Navidad Igual A La Pensión Que Hayan Devengado En Treinta (30) De Noviembre Del Respectivo Año, La Que Debe Pagarse En La Primera Quincena Del Mes De Diciembre
Decreto 2063 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Agentes de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.