° Los contratos que celebren los Alcaldes en virtud de la autorización que se les confiere por este Decreto deberán ser aprobados por el Gobernador del Departamento.
Decreto 1799 de 1950 →Vigente
Artículo 2
Los Contratos Que Celebren Los Alcaldes En Virtud De La Autorización Que Se Les Confiere Por Este Decreto Deberán Ser Aprobados Por El Gobernador Del Departamento
Decreto 1799 de 1950 · por el cual se autoriza a los Alcaldes Municipales para celebrar contratos sobre servicios de higiene y salubridad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.