Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1386 de 1991 · por el cual se establece la Planta de Personal del Ministerio de Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De la Distribución de la Planta de Personal del Ministerio. El Ministro de Salud, mediante resolución, distribuirá el personal nombrado o incorporado en la Planta de Personal Semiglobal, de que trata el presente Decreto, entre las diferentes dependencias del Ministerio, de acuerdo con la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y planes y programas trazados por el Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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