Serán Funciones De La Junta Asesora Del Nivel Local Regionalizado Además De Las Establecidas En El Decreto - Ley Número 664 De 1974, Las Siguientes: A) Colaborar Con La Dirección Del Nivel Local Regionalizado En La Realización De Las Políticas Del Ministerio De Salud Pública: B) Propender Por La Por La Consecución De Nuevas Fuentes De Financiamiento, Así Como Por El Cumplimiento Oportuno De Los Compromisos De Las Entidades Aportantes
Decreto 708 de 1974 · Por el cual se establece la organización administrativa de Nivel Local Regionalizado del Sistema Nacional de Salud
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Serán funciones de la Junta Asesora del Nivel Local Regionalizado además de las establecidas en el Decreto - Ley número 664 de 1974, las siguientes
a)
Colaborar con la Dirección del Nivel Local Regionalizado en la realización de las políticas del Ministerio de Salud Pública:
b)
Propender por la por la consecución de nuevas fuentes de financiamiento, así como por el cumplimiento oportuno de los compromisos de las entidades aportantes. COMITÉ TÉCNICO
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.