Decreto 492 de 2026 · por medio del cual se modifican los artículos 2.3.2.1.2.6, 2.3.2.1.4.11, 2.3.2.1.4.12, 2.3.2.1.4.15, 2.3.2.1.4.20 y 2.3.2.1.4.21; se sustituyen los artículos 2.3.2.1.4.13, 2.3.2.1.4.14, y 2.3.2.1.4.16; y se adiciona el artículo 2.3.2.1.4.24 del Decreto número 1081 de 2015 y se dictan otras disposici
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Modifíquese el artículo 2.3.2.1.4.21 del Decreto número 1081 de 2015, el cual quedará así:
“Articulo 2.3.1.4.21. Acceso a Empleo. La Unidad del Servicio Público de Empleo, a través de la Red de prestadores, promoverá el acceso a los servicios de gestión y colocación laboral de las personas en proceso de reintegración interesadas, impulsando la inclusión laboral y los ajustes a los servicios de manera que se contribuya con la mitigación de las barreras de acceso al empleo que se puedan presentar”.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.