Curso de Academia Superior de policía para Oficiales de Vigilancia y de los Servicios. El curso de academia Superior, tiene por objeto consolidar o complementar la preparación del oficial para su eficiente desempeño como Comandante de Departamento de Policía o Director de escuela y como miembro del Estado Mayor de Planeación. Los programas serán fijados por la Dirección general de la Policía, por medio de Resolución y se orientarán al objetivo propuesto y los cursos tendrán una duración mínima de diez (10. meses.
Serán diplomados en Academia Superior de Policía, los oficiales que obtuvieren el cómputo general y la nota de que habla el artículo 35 del Decreto 2338 de 1971. Quien obtuviere sesenta sobre cien (60/100. en cada una de las calificaciones de las materias que componen el curso, y no llegare al cómputo establecido en el artículo 35 de decreto 2338 de 1971, aprobarán el curso pero no podrán ser diplomados en Academia Superior de Policía. Asimismo si perdiere una o dos materias podrá habilitarlas y si las pasare también aprobará el curso sin derecho a la diplomacia en academia Superior de Policía. La habilitación deberá efectuarse seis (6. meses después de terminado el curso correspondiente.