Micelio

Artículo 10

Acto Administrativo De Delimitación

Decreto 488 de 2025 · por el cual se dictan las normas fiscales necesarias y las demás relativas al funcionamiento de los territorios indígenas y su coordinación con las demás entidades territoriales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acto administrativo de delimitación . Surtido el trámite descrito en el artículo anterior, la ANT expedirá el acto administrativo de que trata este artículo, el cual será notificado al representante legal del Territorio Indígena que se pone en funcionamiento registrado ante el Ministerio del Interior, y el acto administrativo será comunicado a la DAIRM, al DANE, al IGAC, al Departamento Nacional de Planeación (DNP) y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Este acto administrativo contendrá como mínimo

a)

La ubicación del Territorio Indígena que se va a poner en funcionamiento, indi­cando su área aproximada, linderos y colindancias, e identificando las áreas que van a hacer parte del respectivo territorio.

b)

La ubicación de las comunidades y centros poblados dentro de dicho territorio, incluyendo un estimado de la población de cada uno de ellos, así como la identi­ficación de los pueblos indígenas a los que pertenecen.

c)

Las áreas donde haya presencia de comunidades, familias o individuos no indí­genas, cuando aplique.

Parágrafo

Corresponde a la ANT garantizar que, en el marco del debido proceso, se dé publicidad al acto administrativo de delimitación del Territorio Indígena por los medios adecuados y definidos en la normatividad vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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