Entes deportivos municipales y distritales . De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 39 del Decreto-ley 1228 de 1995, mientras no se incorporen o creen los entes deportivos municipales y distritales, Coldeportes administrara los recursos nacionales con destino a dichos entes o a las juntas municipales y del Distrito Capital .
Decreto 1822 de 1996 →Vigente
Artículo 16
Decreto 1822 de 1996 · por el cual se reglamenta el procedimiento y demás formalidades para la incorporación de las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes a los entes deportivos departamentales y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.