La demanda puede aclararse, corregirse o enmendarse, por una sola vez, por el actor, mientras no se haya notificado el auto que abre la causa a prueba, y si así sucede, el Juez da nuevo traslado del libelo por el término ordinario.
En caso de que el juicio no deba abrirse a prueba, el derecho a variar la demanda dura hasta que se notifique el auto de citación para sentencia.