Art. 2.° La cesion que por medio de la presente lei se hace al distrito de Cipaqúirá, será con destino esclusivo al sostenimiento de la educación secundaria en ese distrito.
Ley 55 de 1879 →Vigente
Artículo 2
Ley 55 de 1879 · Por la cual se hace una cesión a los distritos de Cipaquirá, Riohacha i Mompos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.