Micelio

Artículo 20

Dirección De Asuntos Culturales

Decreto 1295 de 2000 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Asuntos Culturales. Son funciones de la Dirección de Asuntos Culturales las siguientes

1.

Adelantar bajo la orientación del Viceministro de Asuntos Multilaterales las acciones pertinentes relacionadas con asuntos y temas de la difusión de la cultura Colombiana en el exterior.

2.

Coordinar con otras dependencias del Ministerio, con las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República y con las entidades oficiales y privadas pertinentes la difusión y promoción de la imagen de Colombia en el exterior.

3.

Programar y coordinar con otras dependencias del Ministerio, con las Misiones Diplomáticas, y Consulares de Colombia en el exterior, con las acreditadas en Colombia y con las entidades nacionales e internacionales competentes, la participación de Colombia en proyectos culturales, de educación y afines.

4.

Elaborar los proyectos culturales y afines requeridos para promocionar la diversidad y riqueza cultural de Colombia en el exterior y presentarlos al Viceministro de Asuntos Multilaterales.

5.

Ejecutar el plan de promoción de Colombia en el exterior, en coordinación con las dependencias pertinentes del Ministerio y con las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República y controlar y evaluar su ejecución.

6.

Suministrar al Viceministro de Asuntos Multilaterales la información requerida, para el seguimiento a la ejecución del plan de promoción cultural de Colombia en el exterior.

7.

Emitir conceptos sobre la celebración de convenios culturales, participar en su negociación y verificar su cumplimiento.

8.

Velar por el cumplimiento de los acuerdos internacionales culturales y afines suscritos por el Ministerio y por las entidades nacionales pertinentes.

9.

Participar en la realización de comisiones de carácter cultural, así como preparar los programas de intercambio cultural con los diversos estados y organismos internacionales.

10.

Participar y contribuir en la ejecución de programas de información con destino a las Misiones Diplomáticas y Consulares de Colombia en el exterior, y a los medios de comunicación extranjeros, en coordinación con otras dependencias del Ministerio y con entidades oficiales competentes.

11.

Participar en las deliberaciones de juntas y comités de entidades oficiales de carácter cultural de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y cuando así lo determinen las autoridades del Ministerio y/o el Viceministro de Asuntos Multilaterales.

12.

Participar en el diseño del plan de gestión del Viceministerio, y una vez aprobado, implementar y efectuar seguimiento y evaluación al plan de su competencia.

13.

Enriquecer las bibliotecas y hemerotecas de las Embajadas de Colombia, con el fin de fomentar un mejor conocimiento del país en el exterior.

14.

Presentar a los organismos competentes del Ministerio la información pertinente sobre sus necesidades presupuestales.

15.

Las demás que le sean asignadas y que por naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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