Micelio

Artículo 24

Ley 2612 de 2026 · Por medio del cual se reglamenta la profesión de gerontología en Colombia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Tribunal Nacional Deontológico de Gerontología se abstendrá de abrir investigación formal o dictar resolución de preclusión durante el curso de la investigación, cuando aparezca demostrado que la conducta no ha existido, que no es constitutiva de falta, que el gerontólogo investigado no la ha cometido, que el procesó no puede iniciarse por haber muerto el profesional investigado, o por existir cosa juzgada de acuerdo a la ley vigente. Tal decisión se tomará mediante resolución motivada contra la cual proceden los recursos ordinarios que podrán ser interpuestos por el Ministerio Público, el quejoso o su apoderado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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