°. Evaluación de candidatos. Las hojas de vida de los candidatos y sus soportes de estudios y experiencia serán evaluados por la Secretaria Técnica del Consejo Directivo de a Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP, quien verificará el cumplimiento de los requisitos y cualidades que conforman la idoneidad técnica. Los resultados de la evaluación de la idoneidad técnica de los candidatos, serán puestos a consideración del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP, cuyos miembros institucionales procederán a integrar una lista con los profesionales que reúnan las condiciones establecidas por el Consejo Directivo de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del presente decreto.
Decreto 1419 de 2012 →Vigente
Artículo 5
Evaluación De Candidatos
Decreto 1419 de 2012 · por el cual se modifica la composición del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, se establece el proceso de selección y evaluación de sus miembros independientes y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.