El Programa Anual de Caja, PAC, de cada órgano ejecutor será registrado en el SIIF Nación por la Dirección General del Tesoro Nacional, antes de iniciar la ejecución presupuestal de cada anualidad. Las modificaciones al PAC se registrarán en el sistema después de su aprobación a partir de una autorización expresa de manera general por parte de quien tenga competencia para ello. La apropiación presupuestal de la vigencia soportará el PAC de la vigencia y del rezago del año siguiente y las reservas presupuestales y las cuentas por pagar soportarán el PAC del rezago del año anterior.
Decreto 178 de 2003 →Vigente
Artículo 10
El Programa Anual De Caja, Pac, De Cada Órgano Ejecutor Será Registrado En El Siif Nación Por La Dirección General Del Tesoro Nacional, Antes De Iniciar La Ejecución Presupuestal De Cada Anualidad
Decreto 178 de 2003 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre el manejo de recursos públicos y la aplicabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera, SIIF Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.