Micelio

Artículo 9

Los Informes Que Suministre A Las Autoridades El Jefe Del Servicio De Inteligencia Colombiano, Si Se Refieren A Hechos Que Le Consten Personalmente Tendrán El Valor Que La Ley Concede A Las Certificaciones De Los Funcionarios Públicos

Decreto 2872 de 1953 · Por el cual se crea el Departamento Administrativo denominado Servicio de Inteligencia Colombiano (S. L. C)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los informes que suministre a las autoridades el Jefe del Servicio de Inteligencia Colombiano, si se refieren a hechos que le consten personalmente tendrán el valor que la ley concede a las certificaciones de los funcionarios públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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