Micelio

Artículo 1

Decreto 2797 de 2001 · por el cual se reglamenta el artículo 73 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional, según el caso proveniente de la enajenación durante el año gravable 2001 de bienes raíces y de acciones o aportes, que tengan el carácter de activos fijos, los contribuyentes que sean personas naturales, no sometidos al sistema de ajustes por inflación podrán tomar como costo fiscal, cualquiera de los siguientes valores

1.

El valor que se obtenga de multiplicar el costo fiscal de los activos fijos enajenados, que figure en la declaración de renta por el año gravable de 1986 por dieciséis punto cuarenta y cinco (16.45) si se trata de acciones o aportes y por cuarenta y nueve punto noventa y nueve (49.99) en el caso de bienes raíces.

2.

El valor que se obtenga de multiplicar el costo de adquisición del bien enajenado por la cifra de ajuste que figure frente al año de adquisición del mismo, conforme a la siguiente tabla: Año de Adquisición Acciones y Aportes Multiplicar por Bienes Raíces Multiplicar por 1955 y anteriores 1388,45 4071,49 1956 1360,66 3990,11 1957 1259,87 3694,59 1958 1062,98 3117,15 1959 971,81 2849,82 1960 907,05 2659,87 1961 850,33 2480,12 1962 800,38 2346,96 1963 747,56 2192,20 1964 571,62 1676,34 1965 523,31 1534,58 1966 456,55 1338,83 1967 402,53 1180,48 1968 373,78 1096,10 1969 350,66 1028,32 1970 322,44 945,54 1971 301,05 882,76 1972 266,76 782,39 1973 234,55 688,01 1974 191,61 562,05 1975 153,25 449,28 1976 130,31 382,10 1977 103,90 304,52 1978 81,47 238,93 1979 68,05 199,55 1980 53,77 157,76 1981 43,21 126,57 1982 34,37 100,77 1983 27,62 80,98 1984 23,72 69,58 1985 20,09 60,38 1986 16,45 49,99 1987 13,59 42,39 1988 11,08 31,99 1989 8,68 19,94 1990 6,89 13,79 1991 5,22 9,61 1992 4,11 7,20 1993 3,30 5,12 1994 2,69 3,72 1995 2,21 2,65 1996 1,87 1,96 1997 1,61 1,63 1998 1,37 1,25 1999 1,18 1,04 2000 1,08 1,03 En cualquiera de los casos señalados en los numerales 1º y 2º, la cifra obtenida, puede ser adicionada en el valor de las mejoras y contribuciones por valorización que hubieren pagado, cuando se trate de bienes raíces.

Parágrafo

El costo fiscal de los bienes raíces, aportes o acciones en sociedades determinado de acuerdo con este artículo, podrá ser tomado como valor patrimonial en la declaración de renta y complementarios de 2001.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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