Micelio

Artículo 120

De Las Tarifas O Cuotas De Recuperación

Decreto 775 de 1990 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las tarifas o cuotas de recuperación. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, los Servicios Seccionales de Salud fijarán previo estudio de costos, tarifas o cuotas de recuperación de tal manera que se garantice la implantación, desarrollo efectivo y continuidad de estos programas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 775 de 1990