Son funciones del Consejo Académico las siguientes
Conceptuar ante el Consejo Superior sobre la creación, modificación o supresión de unidades académicas;
Revisar y adoptar los programas decentes al tenor las normas legales;
Definir las políticas y adoptar los programas de investigación que deba desarrollar la institución;
Conceptuar en relación con el reglamento académico y los de personal docente y estudiantil;
Resolver las consultas que le formule el Rector;
Designar un Decano, como su representante ante el Consejo Superior
Designar los Jefes de Departamento miembros de los Consejos de Facultad;
Adoptar políticas de mejoramiento académico para ser desarrolladas por las unidades de formación e investigación de la Universidad;
Conceptuar ante el Consejo Superior sobre el plan de capacitación del personal docente y administrativo de 1». Universidad que le presente el Rector;
Estudiar y recomendar al Consejo Superior, por intermedio del Rector, el calendario académico de la Universidad;
Estudiar los expedientes de los candidatos a título y aprobar aquellos que cumplan los requisitos vigentes; 1) Adoptar los criterios de admisión de estudiantes y aprobar la selección hecha, por las unidades académicas, de acuerdo con los criterios adoptados; m) Proponer, por conducto del Rector, al Consejo Superior, los cupos para, admisión de nuevos estudiantes de acuerdo con el plan de desarrollo de la Universidad y sus disponibilidades presupuéstales; n) Darse su propio reglamento; ñ) Las demás que la ley y el estatuto general o los reglamentos le asignen.