Micelio

Artículo 4

Elementos Para El Sistema De Conrtol Interno

Ley 87 de 1993 · por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda entidad bajo la responsabilidad de sus directivos debe por lo menos implementar los siguientes aspectos que deben orientar la aplicación del control interno:

a)

Establecimiento de objetivos y metas tanto generales como específicas, así como la formulación de los planes operativos que sean necesarios;

b)

Definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos;

c)

Adopción de un sistema de organización adecuado para ejecutar los planes;

d)

Delimitación precisa de la autoridad y los niveles de responsabilidad;

e)

Adopción de normas para la protección y utilización racional de los recursos;

f)

Dirección y administración del personal conforme a un sistema de méritos y sanciones;

g)

Aplicación de las recomendaciones resultantes de las evaluaciones del control interno;

h)

Establecimiento de mecanismos que faciliten el control ciudadano a la gestión de las entidades;

i)

Establecimiento de sistemas modernos de información que faciliten la gestión y el control;

j)

Organización de métodos confiables para la evaluación de la gestión;

k)

Establecimiento de programas de inducción, capacitación y actualización de directivos y demás personal de la entidad;

l)

Simplificación y actualización de normas y procedimientos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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