Registro de Programas Universitarios Propios . El registro de los programas de las instituciones de educación universitaria indígena propia corresponden a la especialidad de que goza la educación universitaria dentro del Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP), constituye la manifestación expresa del Ministerio de Educación Nacional por cumplir con esta exigencia legal y ratificar la pertinencia, el reconocimiento y consolidación de atributos constitucionales de que son titulares esas instituciones, tales como la autonomía y autodeterminación educativa de los pueblos indígenas, la espiritualidad y cosmovisión de cada pueblo.
Decreto 481 de 2025 →Vigente
Artículo 58
Registro De Programas Universitarios Propios
Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.