Micelio

Artículo 1

Supresión Y Liquidación

Decreto 1374 de 2000 · por el cual se suprime la Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas y se ordena su liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Supresión y liquidación . Suprímase a partir de la publicación del presente decreto, la Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior, creada por la Ley 52 de 1990. En consecuencia, a partir de la vigencia del presente decreto, dicha Unidad entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar el 31 de octubre del año 2000 y utilizará para todos los efectos la denominación Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas en Liquidación. La liquidación se realizará conforme a las disposiciones del presente decreto y demás normas que rigen la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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