Micelio

Artículo 34

Decreto 1480 de 1989 · Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de las Asociaciones Mutualistas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

FUNCIONES DE LA ASAMBLEA. La asamblea general ejercerá las siguientes funciones

1.

Establecer las políticas y directrices generales de la Asociación Mutual para el cumplimiento del objetivo social.

2.

Reformar los estatutos.

3.

Examinar los informes de los órganos de administración y vigilancia.

4.

Considerar y aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio.

5.

Fijar contribuciones extraordinarias. 6 Elegir los miembros de la junta directiva y de la junta, de control social. 7. Nombrar al revisor fiscal y su suplente y fijar su remuneración cuando hubiere lugar. 8. Decidir la fusión, incorporación, transformación y liquidación de la Asociación Mutual. 9. Las demás que le señalen las leyes y los estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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