º . Los giros al Exterior que con cargo al presupuesto del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, se efectúen con destino a las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República o a sus funcionarios, se harán en dólares de los Estados Unidos de América, y en ningún caso habrá lugar a reconocimiento de suma alguna por concepto de tasa de cambio. A los giros de que trata el inciso anterior, no les serán aplicables las disposiciones del Decreto número 300 de 1975, ni aquellas que lo aclaren, adicionen o modifiquen.
Decreto 3262 de 1983 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 3262 de 1983 · Por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con los giros del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores con destino a las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República y a sus funcionarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.