Micelio

Artículo 27

Son Deberes Y Atribuciones De Los Catedráticos En Ejercicio: I-Hacer En El Local De La Facultad De Clase O Clases Que Les Correspondan En La Hora Durante El Tiempo Y En Los Días Que Les Señalen El Consejo Directivo O El Rector, A Los Alumnos Comprendidos En La Lista Que Les Pase El Secretario; Ii-Formar El Programa General Del Curso A Su Cargo Y El Que Haya De Servir Para Los Exámenes Y Someterlos, Por Conducto Del Rector, A La Aprobación Del Consejo Directivo De La Facultad, Proponiendo Para El Mismo Programa Las Variaciones Que Hagan Necesarias Los Adelantos De La Ciencia; Iii-Asistir A Los Exámenes Para Que Sean Designados, A Las Reuniones Generales A Que Los Convoque El Rector, Y A Los Demás Actos Que Según El Reglamento Sean Obligatorios; Iv-Dar Al Rector Los Informes Que Les Pida Sobre La Organización, Los Textos Y El Estado De Las Clases Que Están A Su Cargo, Y Sobre Los Puntos Científicos Relacionados Con Los Ramos Que Enseñen Y Desempeñar Las Comisiones Que El Consejo Directivo Les Confíe; V-Cumplir Las Demás Obligaciones Que Este Reglamento Les Señale

Decreto 481 de 1918 · Por el cual se aprueba el Reglamento para la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes y atribuciones de los Catedráticos en ejercicio: I-Hacer en el local de la Facultad de clase o clases que les correspondan en la hora durante el tiempo y en los días que les señalen el Consejo Directivo o el Rector, a los alumnos comprendidos en la lista que les pase el Secretario; II-Formar el programa general del curso a su cargo y el que haya de servir para los exámenes y someterlos, por conducto del Rector, a la aprobación del Consejo Directivo de la Facultad, proponiendo para el mismo programa las variaciones que hagan necesarias los adelantos de la ciencia; III-Asistir a los exámenes para que sean designados, a las reuniones generales a que los convoque el Rector, y a los demás actos que según el Reglamento sean obligatorios; IV-Dar al Rector los informes que les pida sobre la organización, los textos y el estado de las clases que están a su cargo, y sobre los puntos científicos relacionados con los ramos que enseñen y desempeñar las comisiones que el Consejo Directivo les confíe; V-Cumplir las demás obligaciones que este Reglamento les señale.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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