Micelio

Artículo 3

La Medalla Será Conferida A Autoridades Militares Y De Policía, Personas Civiles Nacionales O Extranjeras, Entidades Públicas O Privadas Que Por Sus Meritorios Servicios Prestados A La Dirección General Marítima Y Al Desarrollo Marítimo Nacional, Se Hagan Acreedores A Ella

Decreto 2352 de 1996 · por el cual se crea la medalla militar servicios distinguidos a la "Dirección General Marítima".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La medalla será conferida a autoridades militares y de policía, personas civiles nacionales o extranjeras, entidades públicas o privadas que por sus meritorios servicios prestados a la Dirección General Marítima y al desarrollo marítimo nacional, se hagan acreedores a ella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2352 de 1996