Micelio

Artículo 67

Decreto 1798 de 2000 · por el cual se modifican las normas de disciplina y ética para la Policía Nacional

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 67 . NOTIFICACIÓN PERSONAL. Se notificarán personalmente al investigado o disciplinado o a su apoderado, las siguientes decisiones

1.

El pliego de cargos.

2.

El que niega la práctica de pruebas.

3.

El que niega el recurso de apelación.

4.

Las que resuelven sobre la acumulación y expedición de copias.

5.

Los fallos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2001
    C-712/01ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 1798 de 2000