Micelio

Artículo 13

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si se trata de delitos cometidos por individuos no justiciables por la autoridad militar y por militares u otros individuos sujetos a ésta, todos los procesados deberán ser remitidos a los Jueces ordinarios, pero respecto de los militares se observarán, en la aplicación de las penas, las fijadas en esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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