º . Funciones . El Consejo de Política Exterior y Relaciones Internacionales ejercerá las siguientes funciones
Apoyar al Presidente de la República y al Ministro de Relaciones Exteriores en la orientación de los lineamientos de la política exterior, en concordancia con los planes de desarrollo, las políticas públicas sectoriales, los instrumentos normativos internacionales emanados de tratados, convenios o acuerdos de carácter bilateral o multilateral y los lineamientos de los organismos multilaterales.
Coordinar la formulación, implementación y evaluación de la política exterior con los diferentes organismos y entidades estatales.
Coordinar el estudio y aprobación de los documentos en materia de política exterior.
Apoyar la implementación de las iniciativas y acciones que se adelanten en las diferentes entidades estatales relacionadas con la política exterior.
Formular e implementar, previa recomendación del Ministro de Relaciones Exteriores, los indicadores de medición y seguimiento a la Política Exterior que se incorporarán en el Sigob.
Estudiar los temas que propongan sus miembros en relación con los objetivos del Consejo.
Adoptar su propio reglamento.
Las demás inherentes al cumplimiento de los objetivos del Sistema Administrativo Nacional de Política Exterior y Relaciones Internacionales. CAPITULO III Grupo no Gubernamental para la Coordinación de las Relaciones Internacionales