Micelio

Artículo 3

La Bandera Nacional Permanecerá Izada Á Media Asta Y Enlutada Por Nueve Días En La Casa De Gobierno En Señal De Duelo, Y Los Empleados Públicos Vestirán Luto Por Igual Tiempo

Decreto 485 de 1894 · Que honra la memoria del ilustre Presidente titular de Colombia, Excmo. Sr. D. Rafael Núñez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La bandera nacional permanecerá izada á media asta y enlutada por nueve días en la casa de Gobierno en señal de duelo, y los empleados públicos vestirán luto por igual tiempo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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