° Para el manejo de los fondos que al efecto destine dicho Ministerio y los demás que obtenga la Junta, ésta nombrará un Tesorero, quien prestará fianza a satisfacción de aquélla y rendirá sus cuentas a la Corte del Ramo. Comuníquese y publíquese.
Decreto 135 de 1919 →Vigente
Artículo 6
Para El Manejo De Los Fondos Que Al Efecto Destine Dicho Ministerio Y Los Demás Que Obtenga La Junta, Ésta Nombrará Un Tesorero, Quien Prestará Fianza A Satisfacción De Aquélla Y Rendirá Sus Cuentas A La Corte Del Ramo
Decreto 135 de 1919 · Por el cual se organizan unas oficinas del ramo Fluvial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.