Micelio

Artículo 6

Para El Manejo De Los Fondos Que Al Efecto Destine Dicho Ministerio Y Los Demás Que Obtenga La Junta, Ésta Nombrará Un Tesorero, Quien Prestará Fianza A Satisfacción De Aquélla Y Rendirá Sus Cuentas A La Corte Del Ramo

Decreto 135 de 1919 · Por el cual se organizan unas oficinas del ramo Fluvial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para el manejo de los fondos que al efecto destine dicho Ministerio y los demás que obtenga la Junta, ésta nombrará un Tesorero, quien prestará fianza a satisfacción de aquélla y rendirá sus cuentas a la Corte del Ramo. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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