Micelio

Artículo 2

A Partir Del 1° De Febrero De 1959, Créanse Los Siguientes Cargos En La Sección 7ª

Decreto 89 de 1959 · Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en dependencias de la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 1° de febrero de 1959, créanse los siguientes cargos en la Sección 7ª. de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca: 2 Ayudantes de Equipo Mecánico, cada uno a $ 550.00 2 Oficiales de Perforación, cada uno 402.50

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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