Es de competencia del ICBF, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 7ª de 1979, la integración y coordinación de los organismos y entidades nacionales, distritales, departamentales, intendenciales, comisariales y municipales, que en todo el Territorio Nacional cumplan actividades del servicio de Bienestar Familiar en los aspectos de la protección preventiva y especial del menor, la garantía de sus derechos y la integración y realización armónica de la familia.
Artículo 19
Es De Competencia Del Icbf, De Conformidad Con El Artículo 15 De La Ley 7ª De 1979, La Integración Y Coordinación De Los Organismos Y Entidades Nacionales, Distritales, Departamentales, Intendenciales, Comisariales Y Municipales, Que En Todo El Territorio Nacional Cumplan Actividades Del Servicio De Bienestar Familiar En Los Aspectos De La Protección Preventiva Y Especial Del Menor, La Garantía De Sus Derechos Y La Integración Y Realización Armónica De La Familia
Decreto 2388 de 1979 · Por el cual se reglamentan las leyes 75 de 1968, 27 de 1974 y 7ª de 1979
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.