Micelio

Artículo 19

Es De Competencia Del Icbf, De Conformidad Con El Artículo 15 De La Ley 7ª De 1979, La Integración Y Coordinación De Los Organismos Y Entidades Nacionales, Distritales, Departamentales, Intendenciales, Comisariales Y Municipales, Que En Todo El Territorio Nacional Cumplan Actividades Del Servicio De Bienestar Familiar En Los Aspectos De La Protección Preventiva Y Especial Del Menor, La Garantía De Sus Derechos Y La Integración Y Realización Armónica De La Familia

Decreto 2388 de 1979 · Por el cual se reglamentan las leyes 75 de 1968, 27 de 1974 y 7ª de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es de competencia del ICBF, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 7ª de 1979, la integración y coordinación de los organismos y entidades nacionales, distritales, departamentales, intendenciales, comisariales y municipales, que en todo el Territorio Nacional cumplan actividades del servicio de Bienestar Familiar en los aspectos de la protección preventiva y especial del menor, la garantía de sus derechos y la integración y realización armónica de la familia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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