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Artículo 3

Funciones De La Oficina De Control Interno

Decreto 244 de 2004 · por el cual se establece la estructura de la Fiduciaria La Previsora S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno, además de las establecidas en la Ley 87 de 1993, las siguientes

1.

Asesorar y apoyar al Presidente de la compañía en la definición de las políticas referidas al diseño e implantación de sistemas de control que contribuyan a garantizar e incrementar la eficiencia, eficacia y calidad de la prestación de los servicios en las diferentes dependencias de la entidad.

2.

Coordinar, implementar y fomentar sistemas de control interno de gestión administrativa, financiera y de resultados institucionales.

3.

Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción y el cumplimiento de las actividades propias de cada dependencia, y proponer las medidas preventivas y correctivas necesarias.

4.

Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros establecidos en las disposiciones de procedimiento y control fiscal, para el movimiento de fondos, valores y bienes de la entidad.

5.

Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la entidad y vigilar la correcta inversión de los recursos, e informar al Presidente de la compañía cuando se presenten irregularidades.

6.

Velar por que la atención que presta la entidad, se desarrolle de conformidad con las normas legales vigentes y las quejas y reclamos presentados por los ciudadanos en relación con la misión de la entidad sean atendidas oportuna y eficientemente y rendir a la administración de la entidad un informe semestral sobre el particular.

7.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades tendientes a buscar la eficiencia en el cumplimiento de los trámites administrativos y en el desarrollo de las labores de cada dependencia.

8.

Atender las peticiones y solicitudes de informes relacionadas con el sistema de control interno, efectuadas por la Presidencia de la República, el Departamento Administrativo de la Función Pública y los organismos de control.

9.

Verificar la aplicación y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre la lucha contra la corrupción, racionalización de trámites y austeridad del gasto, entre otras materias, con el fin de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gestión.

10.

Verificar que las dependencias implementen y desarrollen el proceso de administración del riesgo definido en la entidad.

11.

Promover la cultura del autocontrol en la gestión de los funcionarios de la entidad.

12.

Efectuar el seguimiento y evaluación del sistema de Control Interno, a través de controles de gestión, financiero, administrativo y del recurso humano, informático, de legalidad y de evaluación y verificación, para garantizar el mejoramiento continuo de la entidad.

13.

Velar por el cumplimiento del Sistema Integral para la Prevención y el Lavado de Activos en cumplimiento de las normas legales.

14.

Diseñar y establecer, en coordinación con las demás dependencias, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y proponer medidas preventivas y correctivas del caso.

15.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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