✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Si la extradición fuere concedida al procesado o condenado, se le detendrá y se entregará en la frontera o en un punto colombiano a los agentes del que país que lo hubiere solicitado.
Si fuere rechazada la petición, en la misma providencia se ordenará poner en libertad al detenido.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.