Micelio

Artículo 2

, Deban Ser Sorteadas Para Exámenes De Habilitación ; Nombrar Los Examinadores Del Caso; Declarar Que Materias Quedan Habilitadas, Y Poner Este Hecho En Conocimiento De Los Respectivos Rectores, Á Fin De Que Al Individuo Que Haya Habilitado Cursos Se Le Pueda Inscribir En Los Que Correspondan En Orden De Sucesión

Decreto 596 de 1886 · Sobre instrucción pública secundaria y profesional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° El Ministro de Instrucción pública es el Rector de la Universidad, y como tal tiene estos deberes: 1.° Presidir los exámenes generales de grado y la sesión solemne de distribución de premios; 2.° Inspeccionar los exámenes anuales de todas las Facultades universitarias ; 3.° Visitar, con la frecuencia posible, las diferentes secciones universitarias, la Biblioteca nacional, el Museo y el Observatorio astronómico ; 4.° Autorizar las nóminas y órdenes de pago de los empleados de la Universidad ; 5.° Cuidar de que tales empleados desempeñen cumplidamente sus deberes legales y reglamentarios ; 6.° Conceder, con justa causa, licencia, hasta por noventa días, tomados en todo ó por partes durante el año escolar, á los Superiores de la Universidad. El individuo que se halle en uso de licencia no ganará sueldo durante ella ; 7.° Fijar los días en que deban verificarse los exámenes anuales y la sesión solemne de la distribución de premios ; 8.° Considerar, para su aprobación ó improbación, el nombramiento de Jurados examinadores y la distribución de los exámenes que hagan los Rectores de las Facultades ; 9.° Sortear las materias que, conforme al artículo 8.°, deban ser sorteadas para exámenes de habilitación ; nombrar los examinadores del caso; declarar que materias quedan habilitadas, y poner este hecho en conocimiento de los respectivos Rectores, á fin de que al individuo que haya habilitado cursos se le pueda inscribir en los que correspondan en orden de sucesión. titulo tercero. Del Secretario de la Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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