Micelio

Artículo 82

Volumen De Las Importaciones

Decreto 991 de 1998 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Volumen de las importaciones. Al evaluar el volumen probable de las importaciones del producto objeto del derecho definitivo o de la aceptación de las manifestaciones de intención, en caso de suprimirse el derecho definitivo o darse por terminada la aceptación de las manifestaciones de intención, el Incomex examinará si el volumen probable de importaciones del producto objeto de derechos “antidumping”, sería significativo si el derecho impuesto se suprimiera o la manifestación de intención se diera por terminada, ya sea en términos absolutos o en relación con la producción o el consumo en Colombia. En su análisis, el Incomex podrá tener en cuenta todos los factores económicos relevantes, incluyendo los siguientes

1.

Todo probable incremento de la capacidad de producción o de la capacidad existente de producción sin utilizar en el país exportador.

2.

Las existencias actuales en el país exportador del producto objeto de derechos “antidumping” o de manifestación de intención, así como sus probables aumentos, y

3.

Los inventarios de obstáculos a la importación del producto objeto de derechos “antidumping” o de manifestación de intención, a países distintos de Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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