Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE FOMENTO CAPITULO 307 Gastos varios. 103. Del artículo 3088. Para cuotas de Colombia al Consejo Económico Grancolombiano Carta de Quito, según Resolución número 1 de .agosto 9 de 1948, en el año 18.500.10 Suma el Contracrédito 18.500.00 CAPITULO 300 Gabinete del Ministro y Secretaría General 301 Al artículo 3005. Para gastos de conservación, aseguro mecánico, reparación y repuestos del equipo mecánico y mobiliario, y para reparaciones menores y adaptación de locales al servicio del Gabinete del Ministro, la Secretaria General y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 10.000.00 001. Al artículo 3010. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran el Gabinete del Ministro, Secretaria General y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 1.700.00 CAPITULO 303 División de Propiedad Industrial 003. Al artículo 3033. Para útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e Índices para los mismos, encuadernación y empaste, confección de registros de marcas, títulos de patentes de invención y-planchas, en el año 4.500.00 CAPITULO 305 División Administrativa 003. Al artículo 3056. Para útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste, en el año 2.300.00 Suman los créditos 18 500.00
Decreto 536 de 1956 →Vigente
Artículo 3088
Para Cuotas De Colombia Al Consejo Económico Grancolombiano Carta De Quito, Según Resolución Número 1 De
Decreto 536 de 1956 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Fomento)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.