Micelio

Artículo 3

El Principal De Los Bonos Y Sus Intereses, Estarán Exentos De Impuestos Sobre La Renta Y Complementarios, Y Podrán Recibirse Al Valor Nominal Para La Constitución De Fianzas O Cauciones A Favor De La Nación, Cuando La Obligación Principal Sea En Moneda Nacional

Decreto 1744 de 1966 · Por el cual se adiciona el Decreto legislativo número 624 de 1966

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El principal de los Bonos y sus intereses, estarán exentos de impuestos sobre la renta y complementarios, y podrán recibirse al valor nominal para la constitución de fianzas o cauciones a favor de la Nación, cuando la obligación principal sea en moneda nacional. Comuníquese,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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