°. El valor del subsidio familiar por cada hijo que cause ese derecho, será en el año de 1965, de veintiún pesos ($ 200), y en los seis (6) primeros meses de 1968 de treinta pesos ($ 30.00) 2. El subsidio del valor familiar por cada hijo que cause ese derecho, será en el año de 1966, de veinticinco pesos ($ 25.00) y en el año de 1967, de veintisiete pesos ($ 27.00) 3. El valor total del subsidio familiar causado durante el año de 1965, y lo seis (6) primeros meses de 1968, se pagara a cada beneficiario titular del derecho y que no lo haya recibido en seis (6) mensualidades iguales durante el segundo semestre del año en curso. 4. el valor del subsidio familiar por lo años de 1966 y 1967, se pagara a cada beneficiario titular del derecho y que no lo haya percibido, en doce (12) mensualidades legales durante el año de 1969.
Decreto 1091 de 1968 →Vigente
Artículo 2
El Valor Del Subsidio Familiar Por Cada Hijo Que Cause Ese Derecho, Será En El Año De 1965, De Veintiún Pesos ($ 200), Y En Los Seis (6) Primeros Meses De 1968 De Treinta Pesos ($ 30
Decreto 1091 de 1968 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 717 (mayo 13) de 1968, que dispuso el pago del subsidio familiar a los empleados civiles y trabajadores oficiales de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.