Artículo noveno. Conservarán el derecho a matricularse en la misma Facultad o en otra en donde se hagan los mismos estudios, al siguiente año, sin nuevo examen de admisión, los aspirantes aprobados a quienes se les haya autorizado matrícula y no hubieren hecho uso de ella por falta de recursos económicos, o por enfermedad o fuerza mayor debidamente comprobadas.
Decreto 2307 de 1953 →Vigente
Artículo 9
Decreto 2307 de 1953 · por el cual se reglamentan los exámenes de admisión en las cuales las Universidades del país y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.