Micelio

Artículo 25

Son Funci9ones Principales De La Junta: 1) Reformar Y Promulgar Los Estatutos Y Reglamentos Generales De La Caja: La Reforma Estatutaria De La Caja Será Discutida Y Aprobada En Dos Debates Celebrados En Días Distintos, Y Requiere La Aprobación Por Mayoría Absoluta De Los Miembros De La Junta Directiva; La Reforma De Los Estatutos Será Sometida A La Aprobación Del Gobierno Nacional

Decreto 2661 de 1960 · Por el cual se dictan los estatutos de la Caja Previsión Social de Comunicaciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funci9ones principales de la Junta: 1) Reformar y promulgar los estatutos y reglamentos generales de la Caja: La reforma estatutaria de la Caja será discutida y aprobada en dos debates celebrados en días distintos, y requiere la aprobación por mayoría absoluta de los miembros de la Junta Directiva; La reforma de los estatutos será sometida a la aprobación del Gobierno Nacional. 2) Crear las sucursales o agencias que sean indispensables para la prestación de servicios a los afiliados. 3) Aprobar por medio de acuerdo el proyecto de presupuesto de rentas y gastos que para cada vigencia fiscal someta a su consideración el Gerente de la Caja. 4) Elegir el Gerente de la Caja, de terna propuesta por el Ministro de Comunicaciones y fijar su asignación. 5) Determinar el personal al servicio de la Caja, crear los cargos no previstos en estos estatutos hacer los nombramientos de personal al servicio de la Caja de candidatos presentados por el Gerente, y fijar sus asignaciones. 7) Conocer en grado de apelación de los recursos que se surtan en la forma legal y estatutaria contra las resoluciones dictadas por el Gerente en materia de prestaciones sociales. 8) Dictar los recursos correspondientes para organizar los sistemas de contabilidad de la institución conforme a las disposiciones de la Contraloría. 9) Examinar, aprobar o improbar los informes mensuales y anuales que el Gerente cometa a su consideración, lo mismo que los balances respectivos. 10) Examinar, aprobar o improbar los contratos que celebre el Gerente cuando su valor exceda de mil pesos ($ 1.000) moneda legal. 11) Supervigilar todos los servicios del funcionamiento de la Caja y velar por el estricto cumplimiento de sus estatutos y reglamentos. 12) Aprobar o improbar los balances que someta a su consideración el Gerente de la Caja. 13) Dictar las providencias encaminadas a darle cumplimento a los dispuesto en los artículos 7° y 8° de los presentes estatutos. 14) Ejercer las funciones que no se opongan a los fines de la institución y que tiendan a la mejor prestación de servicios a sus afiliados. CAPITULO V Del presidente de la Junta

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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