Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 341 Secretaria General. 003. Del artículo 3414. Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la administración en la presente vigencia y anteriores $ 10.500.00 CAPITULO 342 Subsecretaría Administrativa . 003. Del artículo 3426. Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la administración, en la presente vigencia y anteriores 13.500.00 CAPITUO 343 Subsecretaría Técnico-Cultural 003. Del artículo 3439. Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la administración, en la presente vigencia y anteriores 10.800.00 CAPITULO 344 Ejecución y Control del Presupuesto 001. Del artículo 3450. Para sueldos del personal de la Sección de Ejecución y Control del Presupuesto, en el año 6.000.00 003. Del artículo 3452. Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la administración, en la presente vigencia y anteriores 3.000.00 CAPITULO 347 División de Bachillerato 001. Del artículo 3460. Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la administración, en la presente vigencia y anteriores 7.200.00 CAPITULO 348 División de Educación Industrial y Comercial Enseñanza Comercial 003. Del artículo 3499 Para alimentación de alumnos becados y restaurante en los establecimientos de educación dependientes de la División de Educación Industrial y Comercial en el año así a Instituto Técnico Central de Bogotá 40.500.00 CAPITULO 349 División de Normales y Educación Primaria. 003.Del artículo 3513 para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la administración en la presente vigencia y anteriores 7.200.00 CAPÍTULO 351 División de Educación Campesina 003. Del artículo 3639 Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la administración en la presente vigencia y anteriores 17.160.00 CAPITULO 352 División de extensión Cultural. Publicaciones 003 Del artículo 3707. Para atender a los gastos editoriales de revistas y obras que el ministerio necesite publicar pago de colaboradores clisés, dibujos y edición de la "Revista Bolívar", compra de obras de autores colombianos y demás gastos similares inherentes a este servicio en el año 12.000.00 Museo Nacional 003. Del artículo 3700. Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la administración, en la presente vigencia y anteriores 4.200.00 Suman los contracréditos $ 132.180.00 CAPITULO 340 Gabinete del ministro 001. Al artículo 3400. Para sueldos del personal del Gabinete del Ministro, y gastos de representación del Ministro, en el año 2.000.00 CAPITULO 341 Secretaria General 301 Articulo 3420 Para reparación, conservación aseguro repuestos impuestos placas y garajes de los vehículos al servicio de la secretaría general y sus dependencias en la presente vigencia y anteriores $ 5.000.00 CAPITULO 342 Subsecretaria Administrativa 201. Artículo 3420. Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina en el año 4.628.00 CAPITULO 341 Ejecución y control de Presupuesto 201 Al artículo 3445 Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico, de oficina en el año 9.000.00 CAPITULO 352 División de extensión cultural Museo nacional 003 Al artículo 3709. Para conservación y reparación, de cuadros y objetos artísticos e históricos y gastos extraordinarios e imprevistos, y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores 4.200.00 CAPITULO 355 Gastos Varios 103. Al artículo 3890. Para pagar las cuotas de Colombia a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) Ley 8ª de 1917, en el año 7351.179 CAPITULO 356 Auxilios Departamento del Cauca 104. Al artículo 4071. Para auxiliar la Universidad del Cauca 100.000.00 Suman los créditos $ 132.180.00
Decreto 1602 de 1956 →Vigente
Artículo 3414
Para Pagar Servicios A Técnicos Contratados Para El Desarrollo De Actividades Distintas A La Administración En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 10
Decreto 1602 de 1956 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Educación Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.