Micelio

Artículo 10

Reglas De La Negociación

Decreto 160 de 2014 · por el cual se reglamenta la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT, en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reglas de la negociación. Las partes adelantarán la negociación bajo las siguientes reglas

1.

Iniciar y adelantar la negociación en los términos del presente decreto.

2.

Autonomía para determinar el número de negociadores y asesores, aplicando el principio de la razonable proporcionalidad, según el ámbito de la negociación y el número de afiliados.

3.

Designar los negociadores, quienes se presumen investidos de la representatividad suficiente para negociar y acordar sin perjuicio del marco de las competencias atribuidas en la Constitución y la ley.

4.

Concurrir a las reuniones de negociación buscando alternativas para la solución del pliego.

5.

Suministrar la información necesaria sobre los asuntos objeto de negociación, salvo reserva legal.

6.

Otorgar a los negociadores principales o en ausencia de estos a los suplentes, las garantías necesarias para la negociación.

7.

Respetar y permitir el ejercicio del derecho de asesoría y de participación en el proceso de negociación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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