Micelio

Artículo 364

Recibido Un Proceso, Con Sentencia De Primera Instancia En Grado De Apelación O De Consulta, Se Ordena Fijar En Lista Por El Término De Cinco Días Dentro De Los Cuales, El Fiscal, Los Sindicados O Sus Defensores Pueden Presentar Todas Las Pruebas Y Alegatos Que Crean Conducentes

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recibido un proceso, con sentencia de primera instancia en grado de apelación o de consulta, se ordena fijar en lista por el término de cinco días dentro de los cuales, el fiscal, los sindicados o sus defensores pueden presentar todas las pruebas y alegatos que crean conducentes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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