° Las tarifas expresadas en dólares en el mismo Decreto, se pagarán en dólares libres de los Estados Unidos de Norte América.
Decreto 100 de 1958 →Vigente
Artículo 2
Las Tarifas Expresadas En Dólares En El Mismo Decreto, Se Pagarán En Dólares Libres De Los Estados Unidos De Norte América
Decreto 100 de 1958 · Por el cual se establece el modo de cobrar unas tarifas en los Terminales Marítimos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.