Micelio

Artículo 5

Administración

Decreto 483 de 1990 · por medio del cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Especial de Becas del Ministerio de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Administración. El Fondo podrá ser administrado por una entidad pública o privada que tenga entre su objeto social el cumplimiento de funciones de administración de recursos educativos, seleccionada por el Ministerio de Minas y Energía, mediante la suscripción del convenio o contrato en el cual se establezcan las condiciones y obligaciones de las partes, los procedimientos para los desembolsos, giros, cuota de administración, y, en general, todas las condiciones atinentes al manejo eficiente del mismo. Las disposiciones del presente Decreto y de aquellas que lo modifiquen y adicionen harán parte integrante del citado contrato o convenio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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